Coronavirus en Galicia. Comunicado del TSXG sobre el régimen de visitas
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CORONAVIRUS EN GALICIA: El TSXG AVALA MANTENER EL RÉGIMEN DE VISITAS

CORONAVIRUS EN GALICIA: El TSXG AVALA MANTENER EL RÉGIMEN DE VISITAS

En respuesta a la serie de consultas planteadas estos días por nuestros clientes, publicamos en la anterior entrada nuestra opinión a favor de mantener el régimen de visitas y custodias compartidas, siempre dentro de un orden y aplicando a la normativa del estado de alarma declarado por el Gobierno de España un poco de sentido común.

Nos congratula ver que El Tribunal Superior de Xusticia de Galicia dispone que se mantienen vigentes la resoluciones dictadas por los magistrados del Juzgado de Familia durante el estado de alarma.

GALICIA MANTIENE EL RÉGIMEN DE VISITAS Y CUSTODIAS COMPARTIDAS

La noticia es del miércoles 18 de Marzo del 2020. El TSXG  avala y hace público a través de un comunicado el acuerdo del juez decano de Ourense, Leonardo Álvarez Pérez, sobre las medidas relacionadas con el régimen de visitas de menores después de la declaración del estado de alarma por el Gobierno de España.

Es importante destacar que estamos hablando de una situación excepcional, y que se intenta organizar en atención a los derechos del menor, por lo que para aquellos progenitores que no dispongan todavía de una resolución judicial, o que se encuentren en trámites judiciales respecto de estas materias y no tengan abogado, aconsejamos que nos soliciten un escrito para regular el régimen de visitas del menor y custodia compartida.

LA EXCEPCIÓN QUE SUSPENDE LAS SENTENCIAS DEL JUZGADO DE FAMILIA

Tal y como comentábamos en la anterior entrada, la situación de contagio es determinante para romper o modificar el régimen establecido en una sentencia.

El contagio puede suponer tratamiento médico, hospitalización, cuarentena… Estaríamos en un contexto en que las normas a seguir estarían establecidas por las Autoridades Sanitarias, el Centro Médico y el personal sanitario, y en todo momento aconsejaríamos su cumplimiento.

LA EXCEPCIÓN QUE ANULA EL RÉGIMEN DE VISITAS DURANTE EL ESTADO DE ALARMA

Cuando el régimen de visitas es contemplado por un Juzgado de Instrucción, como en el caso de Ourense (Juzgado de Instrucción nº3 de violencia machista) para un progenitor sin custodia de sus hijos menores, dicho régimen de visitas queda anulado mientras esté activado el estado de alarma declarado por el Gobierno de España.

NOTICIA EN LA PRENSA GALLEGA

Puedes leer la noticia en nuestro diarios:

La Voz de Galicia

El Faro de Vigo

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